Terms and conditions

Terms and conditions

INSTRUCCIONES Y CONDICIONES DE ALOJAMIENTO EN EL BUQUE NAVIGARE YACHTING

Actualizado el 30 de Septiembre de 2024

Las presentes Instrucciones y condiciones de  alojamiento en el Buque de Navigare Yachting, junto con el Contrato de Reserva (si procede), la Factura y la Tarjeta de Embarque se denominarán Contrato, Navigare Yachting y/u otro operador se denominará NY, la parte fletadora se denominará Fletador y el yate se denominará Buque. Este Contrato es válido bajo las siguientes condiciones:

  1. El Fletador alquilará un Buque equipado de acuerdo con las leyes y normas del lugar de atraque de la embarcación y los estándares de NY para el alquiler de yates. Si es aplicable en un destino específico, la lista de equipamiento es parte integrante de este Contrato y será firmada por las partes implicadas en el momento de la entrega y devolución del yate (check list).
  2. El Fletador pagará el precio de alquiler acordado y los extras.
  3. El Buque puede ser utilizado exclusivamente para fines personales, tales como crucero y similares y por lo tanto no debe ser utilizada para ningún otro fin comercial o similar.

SEGURO A TODO RIESGO / DEPÓSITO DE GARANTÍA / SEGURO

Si es aplicable en el país del lugar de atraque del Buque, podrá aplicarse un seguro a todo riesgo. Con el fin de agilizar el check-in/out y evitar los depósitos de garantía, el Buque está asegurado a todo riesgo contra daños a terceros, pérdida o daño de inventario y equipamiento, pérdida o daño causado por accidentes marítimos, desastres naturales, caída de rayos, naufragio, zozobra, varada, incendio, explosión, robo, hurto, colisión con cualquier objeto sólido o flotante, actos malintencionados de terceros y terremotos. El seguro a todo riesgo no cubre el mal uso intencionado, la negligencia grave, el coste de reparación de un inodoro obstruido o el repostaje del depósito.

A menos que se aplique un seguro a todo riesgo, el Fletador se compromete a proporcionar un depósito de garantía en el momento del embarque en el Buque mediante preautorización de tarjeta de crédito (o en efectivo, si procede para un destino específico). El depósito se devolverá en su totalidad a la entrega de la embarcación, a menos que se detecte la existencia de daños o defectos en la embarcación o en el equipamiento durante la entrega de la embarcación, y a menos que no haya reclamaciones por parte de NY, presentadas o anunciadas por terceras personas, que estén relacionadas con el uso de la embarcación. En caso de pérdida o daño del equipo, de partes particulares del buque o del buque mismo, o por otras razones establecidas en este Contrato, NY retendrá/cargará el importe (una parte o la totalidad del depósito) que corresponda a la indemnización o valor de reparación, adquisición y/o compra del equipo o parte particular del buque. En caso que el daño causado tenga como consecuencia que la embarcación no pueda ser fletada posteriormente, Navigare Yachting tendrá derecho a retener el importe correspondiente al lucro cesante. El depósito de garantía puede realizarse únicamente mediante preautorización de tarjeta de crédito o en efectivo. El importe real del depósito de garantía para el tipo de embarcación fletada se indica en la Lista de Precios.

El Buque está asegurado contra daños a terceros, incendio, rayo, explosión, robo o hurto o daños causados por catástrofes naturales, riesgos marítimos y de colisión, y contra cualquier pérdida o daño excepto el equipamiento expresado en este Contrato. A menos que el daño haya sido causado intencionadamente (mal uso intencionado) o con negligencia grave, la responsabilidad financiera del Fletador por pérdidas o daños causados por él mismo o por un miembro de la tripulación está limitada con el depósito de garantía. El Buque está asegurado con la franquicia mínima que debe corresponder al importe del depósito de garantía. Independientemente del seguro, el Fletador también está obligado a pagar una indemnización por todos los daños causados hasta la altura del depósito de garantía. Los daños cubiertos por el seguro que no sean comunicados inmediatamente a NY y/o a la compañía de seguros, no serán reconocidos según la póliza de seguros. En este caso, el fletador será personalmente responsable de la totalidad de los daños causados por la no comunicación o comunicación tardía de los mismos. Los daños en la parte subacuática del Buque deberán ir seguidos de una inspección del Buque realizada fuera del agua, a cargo del Fletador, si éste ha de ser considerado responsable de dichos daños.

CANCELACIÓN

Si la cancelación se produce 60 días o más antes del embarque, NY tiene derecho a retener el 30% del precio del chárter. Si la cancelación se produce 59 días o menos antes del embarque, NY tiene derecho a retener el 100% de la tarifa de fletamento. Si la cancelación se debe a razones objetivas (fallecimiento en la familia o lesión grave del fletador), no se devolverá el precio pagado pero NY pondrá el Barco a disposición del Fletador en otro periodo libre o dentro de la siguiente temporada de navegación, pero en este caso NY tiene derecho a cobrar al Fletador los gastos de administración y otros gastos objetivos. En cualquier otro caso, NY no estará obligada a devolver al Fletador la cantidad abonada de conformidad con el presente Contrato.

Una vez confirmada la reserva, los descuentos no podrán ser modificados. Los charters no pueden ser cancelados con gastos de cancelación y volver a ser reservados por el mismo cliente, para obtener mejores condiciones de reserva (descuentos, etc).

Pueden aplicarse condiciones especiales a los siguientes destinos Islas Vírgenes Británicas y Tailandia; disponibles en nuestra página web e incluidas en el Contrato de Reserva.

FALTA DE ENTREGA

NY está obligada a poner a disposición del Fletador el Buque contratado, similar o mejor, en la fecha y lugar acordados, y a entregarlo al Fletador. Si NY se retrasa en el cumplimiento de esta obligación, NY se comprometerá a devolver una cantidad proporcional adecuada del precio del fletamento por cada 24 horas de retraso, y además, si la razón por la que NY se retrasa puede imputarse a la responsabilidad de NY, NY también deberá pagar una indemnización del 5% del precio semanal del fletamento por cada día de retraso, pero no más del 15% del precio total del fletamento. Si NY entrega el Buque dentro de las 4 horas siguientes al retraso, no se considerará que NY se ha retrasado.

Si NY no puede suministrar el Buque o un sustituto apropiado (entendiéndose por tal un tipo similar en dimensiones, aparejo y equipo) y el retraso supera ¼ del tiempo total de fletamento o un máximo de tres (3) días, el Fletador tendrá derecho a rescindir el Contrato. En este caso, se le reembolsarán los pagos ya efectuados. No se podrán presentar reclamaciones adicionales.

Si antes del inicio del fletamento es un hecho probado que ni el Buque ni el sustituto estarán disponibles en la fecha acordada, NY estará obligado a informar al Fletador tan pronto como el primero tenga conocimiento de los hechos. En este caso ambas partes podrán rescindir el Contrato antes del supuesto inicio del fletamento. Los pagos efectuados por el Fletador serán reembolsados como se ha indicado anteriormente. No podrán presentarse reclamaciones adicionales.

Si la hora de check-in se retrasa por NY por razones de las que es responsable, el Fletador obtendrá un reembolso prorrateado de NY,

  • siempre que el procedimiento de check-in se hubiera acordado originalmente para la segunda parte del día, incluida la pernoctación en el Buque
  • o si la sustitución y/o el check-in efectivo no se ha producido hasta el mediodía del día siguiente como muy tarde
  • o si el check-in del buque se había acordado inicialmente para la primera parte del día, pero en realidad se retrasó más de 12 horas

En caso de cancelación del presente Contrato por parte de NY, NY deberá devolver el importe total pagado por el Fletador, y si el Contrato ha sido cancelado tres o menos días antes de hacerse cargo del Buque, NY se comprometerá a pagar al Fletador una multa por importe del 10% del precio de fletamento de una semana.

No obstante, independientemente de los posibles motivos y de la cantidad de los posibles daños, la responsabilidad de NY frente al Fletador se limita al importe del precio de fletamento pagado.

Si, por alguna causa que pueda ser considerada responsabilidad de NY, se produjera una avería o un problema de motor en el Buque que detuviera o dificultara considerablemente el uso del Buque, el Fletador podrá rescindir el presente Contrato. En tal caso, NY estará obligada a hacerse cargo del Buque en el puerto seguro más cercano, reembolsar al Fletador una parte adecuada del precio del fletamento incrementada en un 10%, y correr con los gastos de transporte del Fletador y su tripulación hasta el puerto de desembarque previsto.

En caso de que se produzca un problema técnico durante el periodo de fletamento que impida al Fletador utilizar el Buque, NY lo resolverá en un plazo de 24 horas desde el momento en que se presentó la reclamación. La resolución de la reclamación dentro de este plazo exime a NY de cualquier reclamación derivada del hecho de que se haya producido el problema técnico (es decir, el Fletador tendrá derecho al reembolso de una cantidad proporcional adecuada del precio del fletamento sólo por el tiempo que exceda el periodo de 24 horas desde el momento de la reclamación).

También nos reservamos el derecho de retirar el yate debido a circunstancias inesperadas (por ejemplo, condiciones meteorológicas adversas, etc.), en cuyo caso podemos darle un certificado de crédito para su uso en futuros chárters, ampliar su chárter o cancelarlo. Si cancelamos su chárter salvo por razones ajenas a nuestra voluntad, tendrá derecho a recibir el reembolso íntegro de todo el dinero abonado. No obstante lo anterior, no se abonará ningún reembolso ni compensación si su chárter se cancela debido a circunstancias inusuales e imprevisibles ajenas a nuestro control, cuyas consecuencias no podrían evitarse aunque se hubiera actuado con toda la diligencia debida; tales como (a título de ejemplo y no limitativo) guerra, disturbios, disturbios civiles, conflicto industrial, actividad terrorista, desastre natural o nuclear, incendio, condiciones meteorológicas adversas, problemas técnicos imprevisibles con el transporte por razones ajenas a nuestro control o al de nuestros proveedores, puertos cerrados o congestionados, huracanes y otras condiciones meteorológicas adversas reales o potenciales, inundaciones, epidemias, riesgos para la salud o pandemias o cualquier otro acontecimiento similar o circunstancia imprevista que pueda equivaler a fuerza mayor.

CONDICIONES DE NAVEGACIÓN Y USO DEL BUQUE

El uso del Buque fuera de las aguas costeras, la participación en regatas, etc. sólo está permitido si NY ha concedido un permiso por escrito al Fletador.

El Fletador está obligado a facilitar el nombre, apellidos, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento y número de pasaporte de todos los miembros de la tripulación a tiempo, tal y como NY le indique.

Según dicten las condiciones meteorológicas, el Fletador está obligado a reducir la lona con prontitud y a no permitir que el Buque navegue con una cantidad de lona superior a la que garantice una navegación cómoda sin esfuerzos o tensiones excesivas en el aparejo y las velas; a no navegar con el Buque en ninguna zona insuficientemente cubierta por las cartas de navegación de que disponga o sin haber estudiado previamente con detenimiento las cartas de navegación de la zona y demás material impreso pertinente facilitado a bordo; a no navegar con el Buque por la noche sin que todas las luces de navegación funcionen o sin una vigilancia adecuada en cubierta. El Fletador realizará diariamente el control del aceite del motor.

El Fletador no saldrá de puerto o fondeadero si la fuerza del viento es o se predispone a ser superior a siete (7) en la Escala de Beaufort (30 nudos) o si las autoridades portuarias han prohibido la navegación o mientras el Buque tenga daños no reparados en cualquiera de sus partes vitales tales como motor, velas, jarcia, bomba de achique, equipo de fondeo, luces de navegación, compás, equipo de seguridad, etc. o si alguna de las partes anteriores no está en buenas condiciones de funcionamiento; tampoco saldrá el Fletador de puerto o fondeadero sin reservas suficientes de combustible o, en general, cuando las condiciones meteorológicas o el estado del Buque o de su tripulación sean dudosos.

El Fletador se compromete a estar en posesión de licencias de navegación válidas (y, si procede en el país de atraque del Buque, de un certificado VHF) o está obligado a dejar la navegación del Buque a un tripulante que disponga del permiso o licencia correspondiente. El Fletador garantiza a NY sus conocimientos náuticos y su competencia en la materia, tanto los suyos propios como los de su tripulación, así como su capacidad para manejar el Buque con seguridad, independientemente de las condiciones meteorológicas o de cualquier otra circunstancia, asumiendo la plena responsabilidad de la explotación racional del Buque y de su equipamiento.

Si NY llega a la conclusión que el patrón o al menos un miembro de su tripulación no poseen los conocimientos y la competencia náutica adecuados y necesarios, NY podrá incumplir el presente Contrato en cualquier momento sin estar obligada a reembolsar cantidad alguna abonada o, de acuerdo con la competencia establecida, podrá determinar los límites de navegación durante la vigencia del presente Contrato. NY ha sido autorizado para realizar tales limitaciones si las condiciones meteorológicas u otras razones de peso obligaran a NY a hacerlo. Con el fin de establecer la competencia náutica del Fletador y su tripulación, NY podrá organizar una navegación común más corta con el Fletador. Si así lo exigen razones de seguridad, NY podrá exigir al Fletador y a la tripulación que devuelvan el Buque a la base o darles instrucciones para que amarren en un lugar específico.

Si el Patrón o al menos un miembro de su tripulación no poseen los conocimientos y la competencia náutica adecuados y necesarios, el Fletador podrá utilizar la Embarcación como "alojamiento en apartamento". Los documentos del Barco, que deben estar a bordo durante todo el tiempo de navegación no serán entregados al Fletador. En caso de que se apliquen tasas adicionales del puerto deportivo, éstas deberán ser abonadas por el Fletador.

NY no se hace responsable de posibles lesiones, daños y otras consecuencias aún más difíciles que puedan surgir en o alrededor del Barco para el Fletador y los miembros de su tripulación, así como para posibles pasajeros, o para terceros causados por el Fletador o los miembros de su tripulación durante la duración del presente Contrato.

Todos los gastos corrientes derivados del uso del Buque (combustible, tasas portuarias, indemnizaciones, limpieza y similares) deberán ser abonados por el Fletador. Esto también se refiere a las obligaciones que puedan derivarse del uso del Buque, y que puedan ser exigibles tras la expiración de este Contrato.

En caso de cualquier otro incidente imprevisto, avería mayor, falta de navegación o accidente, el Fletador está obligado a comunicarlo, tanto a los organismos oficiales autorizados como a NY, de la forma más rápida y adecuada y a seguir sus instrucciones acordes con las operaciones de un buen navegante.

El Fletador no está autorizado ni a alquilar el Buque a terceros, ni a dejarlo sin control en algún lugar que no sea seguro, ni a remolcarlo. El número máximo de pasajeros a bordo no debe ser superior al indicado en la Lista de Tripulantes.

El Fletador está obligado a observar todas las normas de navegación y las órdenes dictadas por los organismos gubernamentales autorizados, prestar atención a la seguridad del Buque, de la tripulación, de los pasajeros y mantener el Buque y su equipo, informar a NY sobre la dirección aproximada de navegación (itinerario) y sobre posibles cambios referidos a la dirección de navegación y devolver el Buque a NY en las mismas condiciones en las que el Fletador lo había recibido (el Buque debe estar correctamente limpio, el equipo debe estar arreglado, el depósito de combustible debe estar lleno, etc.).

DEVOLUCIÓN

El Fletador está obligado a devolver el Buque en el lugar acordado (base) un día antes del día que se determine como fecha límite de entrega del Buque, a más tardar a la hora indicada. En las Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes Americanas y Bahamas el Fletador está obligado a devolver el Buque en el lugar acordado (base) el día que se determine como día de entrega del Buque, a más tardar a la hora indicada.

El Fletador y su tripulación están obligados a abandonar el Buque y vaciarlo de sus pertenencias, a más tardar a la hora prevista en la Tarjeta de Embarque y/u otros documentos. En caso de retraso, el Fletador está obligado a pagar la tarifa diaria de fletamento (incrementada, si procede, de acuerdo con estas Instrucciones y Condiciones de Alojamiento en el Buque Navigare Yachting) por cada día comenzado de retraso.

Si el Fletador no devuelve el barco en el tiempo y lugar acordados, se compromete a pagar una indemnización por cada día de retraso por el doble de la tarifa diaria. Si el fletador no informa a NY sobre las expectativas de retraso antes de que finalice el plazo acordado para la devolución del buque, la indemnización se incrementará en un 30% adicional.

NY tampoco se hace responsable de los aplazamientos o cambios de planes del Fletador causados por las malas condiciones meteorológicas u otras razones similares. En caso de que condiciones meteorológicas extremadamente adversas impidan la devolución del Buque en un plazo previsto, NY acuerda que en lugar de la indemnización prevista, el Fletador deberá abonar el precio regular del Fletamento incrementado en un 50% del importe de la tarifa diaria de Fletamento, por cada día comenzado de vencimiento de la devolución del Buque.

Los tanques llenos, la pérdida de cojines de la cabina de mando o de cubierta y los inodoros obstruidos en el momento de la entrega del Buque se cobrarán de acuerdo con la lista de precios del operador. Si no se llena el depósito de combustible al máximo, se cobrará el precio del combustible faltante más 150,00 EUR de penalización.

VARIOS

Con sujeción a las limitaciones establecidas en las presentes condiciones y en la medida permitida por la ley, NY sólo será responsable de los daños directos realmente sufridos, pagados o incurridos por el Fletador, la tripulación o los pasajeros, debido a un incumplimiento atribuible a nuestras obligaciones con respecto a nuestros servicios, hasta un importe total del coste total de su reserva. Ni NY ni el propietario del yate serán responsables ante ninguna persona por cualquier pérdida, daño, lesión o muerte que resulte del uso del yate por parte del Fletador. NY no hace ninguna representación aparte de las contenidas en estos términos y condiciones y los materiales escritos proporcionados como parte de los procedimientos de reserva. NY no se hará responsable de ninguna tasa, gasto, billete de avión, habitación de hotel, comida, llamadas telefónicas u otros gastos en los que incurra el Fletador por cualquier motivo. El fletador indemnizará y eximirá de responsabilidad a Navigare y al propietario del yate frente a cualquier reclamación por pérdidas o daños materiales o lesiones personales (incluida la pérdida de la vida) resultantes del uso, el funcionamiento o la posesión del yate y del equipo relacionado u otro inventario por parte del fletador o de cualquier tripulación, y frente a cualquier reclamación por pérdidas o daños a los bienes personales del fletador o de cualquier tripulación transportados en el yate o la embarcación auxiliar.

Todos los importes indicados (es decir, la Lista de Precios, el Contrato de Reserva, etc.) incluyen los impuestos, tasas y cargos locales vigentes. En caso de que se produzcan cambios en los impuestos locales, tasas u otra legislación, Navigare se reserva el derecho de ajustar los precios en consecuencia. Los impuestos, tasas y gravámenes locales se cobrarán finalmente en función de las condiciones vigentes en la fecha de salida, a pesar de todos y cada uno de los pagos anticipados.

Pueden aplicarse condiciones especiales a algunos destinos: disponibles en nuestro sitio web e incorporados como Anexo a estas Instrucciones y Condiciones de Alojamiento en Navigare Yachting Vessel.

ARBITRAJE Y DERECHO

Todos los litigios entre el Fletador y NY deberán resolverse directamente entre ambos, en lengua inglesa. Si se requiere arbitraje o procedimientos judiciales, el lugar de jurisdicción será el lugar de atraque del Buque. Para cualquier disputa entre el Fletador y NY, se aplicará la ley del país de residencia de NY.

ADDENDUM no.1 a INSTRUCCIONES Y CONDICIONES PARA EL ALOJAMIENTO EN EL BUQUE NAVIGARE YACHTING  

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESTINO - ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS 

LÍMITES DE NAVEGACIÓN El Fletador garantiza que la navegación del Buque está restringida a las horas de 7:00 a 17:00 o entre 1 hora después de la salida del sol y 1 hora antes de la puesta del sol. El Fletador se compromete a restringir la navegación del Buque a las aguas de las Islas Vírgenes Británicas, con la excepción de las zonas situadas a menos de 3 millas náuticas de Herman Reef, The White Horse, Horseshoe reef y los arrecifes que rodean la isla de Anegada, tal y como se muestra en la Carta del Almirantazgo Británico de 2008. Si el Fletador recibe un permiso especial de NY para visitar Anegada o las Islas Vírgenes de EE.UU. (excluida St Croix), deberá ser consciente de que no es posible obtener asistencia en estas zonas en caso de avería. El Fletador deberá respetar los procedimientos aduaneros y de inmigración entre EE.UU. y las Islas Vírgenes Británicas. Cualquier infracción de los límites de navegación antes mencionados dará lugar a la cancelación de todos y cada uno de los derechos de seguro. Los daños al Buque, a la propiedad o lesiones a personas, que se produzcan al operar el Buque infringiendo estos límites de navegación, serán responsabilidad exclusiva del Fletador.

Wi-Fi: La infraestructura de Internet en las Islas Vírgenes Británicas no permite la misma cobertura y calidad de Internet que en EE.UU. y Europa. La cobertura puede ser irregular y las zonas más afectadas son Peter Island y Norman Island.

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESTINO - ABACO, BAHAMAS

LÍMITES DE NAVEGACIÓN El Fletador garantiza que la operación del Buque está restringida entre 1 hora después de la salida del sol y 1 hora antes de la puesta del sol. El Fletador se compromete a restringir la navegación del Buque al Mar de Ábaco. El límite norte está delimitado por una línea que va desde Windard Point hasta el extremo este de Whale Cay y el extremo oeste de Great Guana Cay. El límite sur es Little Harbour. Si el Fletador recibe un permiso especial de NY para viajar más allá de Cayo Ballena, el límite norte será Cayo Español. Este permiso sólo suele concederse en los meses de primavera y verano. El Fletador debe ser consciente de que no es posible obtener asistencia en estas zonas en caso de avería. Cualquier infracción de los límites de navegación antes mencionados dará lugar a la cancelación de todos y cada uno de los derechos de seguro. Los daños al Buque, a la propiedad o lesiones a personas, que se produzcan al operar el Buque infringiendo estos límites de navegación, serán responsabilidad exclusiva del Fletador.

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESTINO - ISLAS VÍRGENES ESTADOUNIDENSES

LÍMITES DE NAVEGACIÓN El Fletador garantiza que la navegación del Buque está restringida a las horas de 7:00 a 17:00 o entre 1 hora después de la salida del sol y 1 hora antes de la puesta del sol. El Fletador se compromete a restringir la navegación del buque a las aguas de las Islas Vírgenes Británicas y de los Estados Unidos, con la excepción de Santa Cruz y las zonas situadas a menos de 3 millas náuticas de Herman Reef, The White Horse, Horseshoe reef y los arrecifes que rodean la isla de Anegada, tal y como se muestra en el mapa del Almirantazgo Británico de 2008. Si el Fletador recibe un permiso especial de NY para visitar Anegada, deberá ser consciente de que no es posible obtener asistencia en estas zonas en caso de avería. El Fletador deberá respetar los procedimientos aduaneros y de inmigración entre los EE.UU. y las Islas Vírgenes Británicas. Cualquier infracción de los límites de navegación antes mencionados dará lugar a la cancelación de todos y cada uno de los derechos de seguro. Los daños al Buque, a la propiedad o lesiones a las personas, que se produzcan al operar el Buque infringiendo estos límites de navegación, serán responsabilidad exclusiva del Fletador.

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESTINO – ESPAÑA

ZONA DE NAVEGACIÓN: Mallorca es nuestra principal zona de navegación con un tiempo de respuesta rápido en caso de requerir asistencia. Sin embargo, en caso de distancias mayores, como Menorca, Ibiza y Formentera, y condiciones más duras, el tiempo de intervención puede ser mayor debido a la falta de soporte técnico en las islas y al retraso en la entrega de piezas de recambio.

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESTINO – GRECIA 

ZONA DE NAVEGACIÓN: La zona del Sarónico es nuestra principal zona de navegación con un tiempo de respuesta rápido en caso de requerir asistencia. Sin embargo, en caso de distancias mayores, como las Cícladas, y condiciones más duras, el tiempo de intervención puede ser mayor.

CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESTINO – CROACIA

ZONA DE NAVEGACIÓN: La costa dálmata es nuestra principal zona de navegación con un tiempo de respuesta rápido en caso de asistencia requerida. Sin embargo, en caso de visitar Montenegro, la intervención no es posible en absoluto, y con condiciones más duras o para distancias más grandes dentro de Croacia, el tiempo de intervención puede ser mayor.

Condiciones de la nueva reserva debido a covid-19

La reprogramación, el aplazamiento y la emisión de vales sólo son posibles 14 días o menos antes del chárter debido a las restricciones de viaje, que cambian constantemente.

  1. Si no puede viajar al país de destino debido a restricciones que, incluso con un resultado negativo de PCR presentado, impongan una cuarentena obligatoria, a su llegada, o a su regreso a su país de origen, puede:
    1. Reprogramar para una fecha posterior en el mismo año de salida,
    2. Recibir un vale de crédito válido hasta el final del mismo año de salida,
    3. Cambiar la reserva a otro de nuestros destinos con menos restricciones de viaje.
  2. Si se puede evitar una cuarentena presentando un resultado negativo de una prueba PCR, se aplicará la política de cancelación según los Términos y Condiciones estándar.
  3. Si se exige un certificado de vacunación, resultados negativos de la prueba PCR o resultados de la prueba de antígenos en el país de llegada o a la vuelta al país de origen, se aplicará la política de cancelación según los Términos y Condiciones estándar.
  4. Si uno o más miembros de la tripulación dan positivo en Covid durante las pruebas previas a la llegada - se ofrecen las posibilidades descritas en el artículo 1. En este caso, no exigimos un preaviso de 14 días.
  5. Si la reserva se reprograma de un periodo de precio inferior a uno superior, el cliente pagará la diferencia.
  6. Si un cliente traslada la reserva a un periodo/embarcación/destino diferente, se aplicará el descuento válido en el momento de la confirmación inicial de la reserva.
  7. El derecho a reembolso, especificado en el artículo 5 de nuestros Términos y Condiciones, deja de ser válido una vez que el chárter se aplaza o reprograma.